Entrevista Protección de datos personales

Las nuevas reglas son “un paso da gigante respecto a la situación actual”

Para el investigador Olivier Ertzscheid, autor de la Nueva Declaración de Independencia del Ciberespacio, el próximo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que será efectivo a partir del 25 de mayo, es un importante paso hacia adelante para los usuarios de Internet.

Publicado en 11 mayo 2018 a las 10:07

VoxEurop: ¿El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) europeo, que entra en vigor a partir del 25 de mayo, representa un progreso en la devolución de la autonomía a los usuarios de Internet, o solo es otra restricción al uso de Internet por las plataformas y los usuarios?

Olivier Ertzscheid: Indiscutiblemente se trata de un paso hacia adelante para ambos, primero para los derechos de los usuarios de Internet, y después para facilitar un marco legal suficientemente coercitivo para las grandes plataformas. La coerción podría convertirse en virtud, como lo está mostrando el escándalo de Facebook/Cambridge Analytica. Hace apenas unos meses, ¿quién hubiera creído que Mark Zuckerberg se convertiría en un ferviente defensor del RGPD?

¿Las sanciones previstas serán efectivas contra plataformas cuya facturación se aproxima al Producto Interno Bruto (PIB) de algunos países europeos?

Siempre se puede subrayar que las sanciones parecen muy pequeñas cuando las comparamos con los ingresos de las grandes plataformas. Pero no hay que perder de vista lo que es importante. Se tiene que tratar la cuestión de la fiscalidad, y yo particularmente soy partidario de multas mucho más fuertes que las actuales. El montante de una multa es menos importante que la garantía de que las multas serán aplicadas y pagadas. Pero en el marco del RGPD y de la protección de datos personales, las plataformas pueden darse cuenta de lo que está en juego en términos de imagen y de opinión pública. Tener una buena imagen de marca y mantener la popularidad suele ser más efectivo que la amenaza de un castigo financiero.

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¿El sistema de opciones en el consentimiento de los datos personales, no supone un obstáculo para el desarrollo de los negocios en línea y, eventualmente, un problema para la digitalización de la economía?

No lo creo. Google ha anunciado recientemente que implementaría un sistema de publicidad “no personalizada”, y Facebook ha indicado no solo que aplicaría el RGPD, sino que también lo utilizaría como inspiración en otros ámbitos. Es responsabilidad de los Estados y de Europa crear una dinámica, un círculo virtuoso, en el que la economía digital siga prosperando, afrontando la pura búsqueda del beneficio y reduciendo los abusos incentivados por la falta de un marco legal con respecto a los datos personales. Muchos analistas temen que el RGPD sea una carga adicional para los negocios europeos en un mercado globalizado, pero realmente el asunto de Cambridge Analytica muestra que este nuevo marco puede ser el ejemplo para una armonización que no entorpezca la competitividad y que permita a nuevos actores concurrir en condiciones que respeten mejor nuestra privacidad.

¿Las medidas de regulación permiten a los usuarios consentir de manera genuinamente informada acerca del uso de sus datos personales?

Son un primer paso. En el contexto actual, son un paso de gigante.

En 2019 la reglamentación ePrivacy sobre la protección de la privacidad debe entrar en vigor, reemplazando a la directiva epónima. ¿Aplicada junto al RGPD, asegurará la protección de los ciudadanos europeos?

Tal afirmación sería prematura. Habría que poner particular atención a cómo las grandes plataformas lo aplican. El hecho de que hoy parezcan dispuestas a hacerlo como es debido, no quiere decir que las instituciones europeas o las autoridades fiscales puedan bajar la guardia.

En su Nueva Declaración de Independencia del Ciberespacio usted afirma que “Los gobiernos obtienen su poder gracias al consentimiento de los gobernados. Usted no ha solicitado ni recibido el nuestro. No lo hemos invitado.” Y aún así, la adhesión a las plataformas y redes sociales es voluntaria y los usuarios deben aprobar los términos de servicio antes de registrarse, ¿es correcto?

Sí, pero todo el mundo sabe que la lectura de los términos de servicio es engañosa. Nadie realmente los lee, y para quienes hacen el esfuerzo, son difíciles de entender. Como un congresista le dijo a Mark Zuckerberg durante su audiencia el 10 y 11 de abril, los términos de servicio necesitan ser mucho más cortos y concisos para que el usuario promedio los comprenda.

¿Cuál es la mejor manera de asegurarse que los usuarios entiendan los términos de servicio de las aplicaciones que utilizan?

El consentimiento previo y explícito para la colecta de datos – ese es un primer paso. La razón para colectar datos también tiene que ser explícita: ¿por qué?, ¿por quién?, ¿en qué condiciones?, ¿con qué fines serán colectados los datos?, y ¿por cuánto tiempo? En términos de ergonomía y diseño, hay que crear herramientas que permitan a los usuarios enfrentarse más fácilmente a los términos de servicio. Y tiene que ser posible verificar, regularmente, si los términos de servicio han cambiado o no.

¿Qué es el “contrato social” digital que usted menciona?

El mismo (pero más modesto, por supuesto) que el de Rousseau. El ciberespacio es un milieu [N. del T.: un entorno social] y no un espacio distinto al de la ley. Por lo que tienen que ser aplicadas las mismas leyes que rigen a las naciones, pero también necesitamos un marco legal coherente que tome en cuenta ciertas características de este milieu. Un ejemplo son las licencias de derechos Creative Commons, propuestas por Lawrence Lessig cuando era profesor de derecho en Harvard. Estas proveen un marco que respeta los derechos de los creadores de contenidos y que al mismo tiempo toman en cuenta la naturaleza de Internet de difusión y de apropiación.

De forma más general, este “contrato social” debe ser definido por criterios de emancipación y capacitación. Los ecosistemas digitales aportan estos beneficios de forma natural, pero como el modelo económico no está regulado, con frecuencia han sido convertidos en herramientas de alienación.

Internet fue concebido, y nació, como un espacio democrático por excelencia. ¿Sigue siendo el caso?

Eso creo. Al menos si hablamos del espacio fuera de los “jardines amurallados” y “aplicaciones” que nos reprimen y que no tienen nada de democrático. Pero, fuera de ellos, afortunadamente siguen existiendo espacios de genuina libertad en donde, contrariamente a la creencia popular, el anonimato o el pseudo-anonimato no impiden el debate razonado en el que todas las opiniones son respetadas.

Unión Europea

Nuevas reglas para todos

El 25 de Mayo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), cuyo objetivo es “proteger y garantizar la privacidad de datos de todos los ciudadanos de la UE y transformar la manera en la que las organizaciones de la región abordan la privacidad de datos” será aplicable para los Estados de la UE. Reemplazará a la directiva de protección de datos de 1995.

La regulación fue adoptada el 27 de abril de 2016 y su intención es “fortalecer y unificar la protección de datos para todos los individuos de la Unión Europea”. También trata la exportación de datos personales fuera de la UE, y “devolver el control de sus datos personales a los ciudadanos y residentes, simplificando el entorno regulatorio para negocios internacionales mediante la unificación de la regulación en el seno de la UE.” El cambio más grande en el panorama regulatorio de la privacidad de datos llega con la jurisdicción extendida del RGPD, pues se aplica a todas las compañías que procesen datos personales y a los interesados residiendo en la Unión, sin importar la localización geográfica de la compañía. Anteriormente, la aplicación territorial de la directiva era ambigua y se refería al procesamiento de datos “en el contexto de una institución”. Bajo el RGPD, las organizaciones que no cumplan este reglamento pueden ser multadas con hasta el 4 por ciento de sus ingresos anuales o 20 millones de euros (la cifra que sea mayor). Las condiciones de consentimiento han sido fortalecidas y las compañías ya no podrán utilizar los incomprensibles términos de servicio en jerga legal, y la solicitud de consentimiento deberá hacerse de manera inteligible y de fácil acceso. Igualmente, de manera adjunta deberá informarse sobre el objetivo del procesamiento de datos.

Como parte de los derechos extendidos de los interesados descritos por el RGPD, se encuentra el derecho de los interesados a obtener del controlador de datos la confirmación de si los datos personales que les conciernen están siendo procesados, dónde y con qué propósito. También conocido como Supresión de Datos, el derecho al olvido autoriza al interesado a pedir al controlador de datos que borre sus datos personales, que deje de diseminar sus datos, y potencialmente hacer que terceras partes dejen de procesar sus datos.

En 2019 el RGPD se verá acompañado por la regulación ePrivacy, que será más específica y además la complementará en el ámbito de los datos de comunicaciones electrónicas que se califican como datos personales, como el requerir consentimiento para el uso de cookies y cláusulas de salida. El alcance de la regulación ePrivacy se aplicará a cualquier negocio que provea cualquier forma de servicio de comunicación electrónica, que utilice tecnología de rastreo en línea, o que se involucre en publicidad electrónica directa. Derogará la directiva ePrivacy.

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